Cuando un contribuyente presenta un reclamo dentro de los tres años posteriores a la presentación de la declaración de impuestos, el período retrospectivo es igual a tres años más el período de cualquier extensión para presentar la declaración. De lo contrario, el período retrospectivo es de dos años.
Para un contribuyente de año calendario, los impuestos sobre la renta retenidos y estimados se consideran pagados en la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos. Así, por ejemplo, los impuestos retenidos y estimados para el año calendario 2019 se consideran pagados el 15 de abril de 2020, fecha límite para la presentación de la declaración de impuestos de 2019. Si un contribuyente solicitó una extensión para su declaración de impuestos de 2019, el período retroactivo es de tres años a partir del 15 de octubre de 2020, la fecha límite para presentar la declaración de impuestos de 2019 sobre la extensión. Así, un contribuyente tendría hasta el 15 de abril de 2023 o el 15 de octubre de 2023 para presentar un reclamo de crédito o devolución de impuestos retenidos o pagados mediante estimaciones para la declaración de impuestos de 2019, dependiendo de si se presentó o no una extensión.
El 13 de marzo de 2020, el Presidente de los Estados Unidos emitió una declaración de emergencia en respuesta a la actual pandemia de COVID-19. Como resultado, el IRS pospuso ciertas obligaciones de pago y presentación de declaraciones de impuestos federales que debían realizarse a partir del 1 de abril de 2020 y antes del 15 de julio de 2020, al 15 de julio de 2020. (Aviso 2020-23)
De manera similar, el Aviso 2021-21 pospuso la fecha de vencimiento para presentar declaraciones de impuestos federales sobre la renta en la serie del Formulario 1040 con una fecha de vencimiento original del 15 de abril de 2021 y realizar pagos de impuestos federales sobre la renta en relación con uno de estos formularios, hasta el 17 de mayo. , 2021.
Los contribuyentes que presentaron oportunamente sus declaraciones de impuestos antes de las fechas de vencimiento pospuestas proporcionadas en el Aviso 2020-23 y el Aviso 2021-21 tienen tres años a partir de la fecha de presentación de su declaración de cada año para presentar oportunamente un reclamo de crédito o reembolso para ese año.
Aunque estos dos avisos pospusieron ciertas fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones, esos avisos no extendieron el tiempo para presentar las declaraciones porque un aplazamiento no es una extensión. Como resultado, los aplazamientos no alargaron los períodos retroactivos según la sección 6511(b)(2)(A) del IRC para los contribuyentes que de otro modo no solicitaron una extensión. En consecuencia, en ausencia del alivio otorgado en el Aviso 2023-21, los contribuyentes que no solicitaron una extensión de tiempo para presentar una declaración deben presentar un reclamo de crédito o reembolso antes del 15 de abril de 2023 (para declaraciones de impuestos de 2019) o el 15 de abril de 2024. (para declaraciones de impuestos de 2020).
El IRS ha determinado que a los contribuyentes afectados con una fecha de vencimiento pospuesta por el Aviso 2020-23 o el Aviso 2021-21 se les debe otorgar un alivio en forma de ignorar el período retrospectivo inicial relacionado con el impuesto para el cual se pospuso la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración o del pago. .
Ejemplo: Jared es un declarante por año calendario con una fecha de vencimiento de la declaración de impuestos federales sobre la renta de 2019 del 15 de abril de 2020. No solicitó una extensión de tiempo para presentar su declaración de impuestos de 2019. El empleador de Jared retuvo impuestos sobre la renta de su salario durante 2019. Estos impuestos sobre la renta retenidos se consideran pagados el 15 de abril de 2020. La fecha límite para presentar su Formulario 1040 se pospuso mediante el Aviso 2020-23 hasta el 15 de julio de 2020. Como resultado, Jared presentó oportunamente su Formulario 1040 de 2019 el 22 de junio de 2020. Según el alivio otorgado por el Aviso 2023-21, Jared ahora tiene hasta el 22 de junio de 2023 para presentar un reclamo de crédito o reembolso de sus impuestos sobre la renta retenidos que se consideran pagados el 15 de abril. , 2020.
Se otorga un alivio similar para las fechas de vencimiento de presentación de declaraciones de impuestos pospuestas por el Aviso 2021-21.
El alivio previsto en el Aviso 2023-21 es automático. Los contribuyentes afectados no tienen que llamar al IRS, presentar ningún formulario ni enviar cartas u otros documentos para recibir este alivio.